Estimados clientes y amigos:
El motivo del presente es informarles que el pasado 13 de octubre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus Anexos 1, 1-A, 11, 14 y 15, la cual contiene ciertas reformas/adiciones, entre las que destacamos las siguientes:
Reintegros
- Se adiciona la regla 2.3.17., la cual señala que para los efectos del artículo 22, décimo quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), las personas físicas o morales que deban reintegrar alguna cantidad recibida en términos de dicho artículo, deberán hacerlo conforme a lo establecido en la ficha de trámite 319/CFF “Reintegros”, contenida en el Anexo 1-A
- En relación con lo anterior, se adiciona la ficha de trámite 319/CFF Reintegros al Anexo 1-A.
Aviso de cambio domicilio
- Se modifica la regla 2.5.11. señalando que tratándose de contribuyentes que únicamente perciban ingresos por salarios, podrán realizar dicho trámite a través de la Oficina Virtual, de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 77/CFF.
- En relación con lo anterior, se modifica la ficha de trámite 77/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en la Oficina del SAT o en la Oficina Virtual del Anexo 1-A.
Reducción de multas
- Se modifica la regla 2.14.12., fracción II, la cual señala que las Administraciones Desconcentradas de Recaudación (ADR) o, en su caso, las entidades federativas resolverán las solicitudes de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, aplicando a la multa el porcentaje que le corresponda, considerando para ello la antigüedad de la multa (dicha reducción va del 40% al 90% por impuestos propios).
Estaremos atentos a cualquier noticia o información al respecto para comunicárselos oportunamente.
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